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  • Consulta : 141099
  • Autor : wofito2088
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  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si en su contrato colectivo o individual no existe alguna prestación extra, lo unico que puede reclamar es la parte proporcional  aguinaldo , vacaciones y primas de estos,como salarios no devengados, así como la prima de santiguedad que son doce dias por cada año de servicios topado a dos veces el salario minimo del area geografica. 

    En el imss dos veces el salario minimo por gastos de funeral y tramitar la pensión de viudez que sera calculada al 90% de lo que le hubiera tocado al fallecido en invalidez.