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  • Consulta : 140716
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 256879

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    De la forma en que se "Defendió", prácticamente se hecho la soga al cuello y le dió el tiro de gracia a su mamá. Pues no contesto adecuadamente la demanda, ni presento sus excepciones y defensas, ni ofreció pruebas, conforme al Procedimiento Laboral. Y aunque negaba la contratación, contadictoriamente confesó la relación laboral (Que es lo importante, no importa quien haya contratado al trabajador)entre el trabajador y la fuente de trabajo (Y su propietario sin importar quien sea), y si negó el despido, debió solicitar a la junta que le ordenará al trabajador se reincorpore a su trabajo, el cual, ni siquiera le ofreció al trabajador, ni le requirió a la junta su reincorporación al mismo, lo que equivale a aceptar la terminación de la relación laboral, pero como no se hizo ésta en los términos de ley, entonces es tomado como despido injustificado. Además al negar el despido la carga de la prueba recaía en el trabajador. Pero el todavía ofrecía testigos ¡¡Para confirmar lo que ya había confesado tácitamente!! o sea probar la existencia de la relación laboral y el despido injustificado.

    Los laudos se deben notificar personalmente, pero si no señaló domicilio para notificar, se notifican por estrados como acertadamente señaló el Lic. García Romero y Coss.