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  • Consulta : 140678
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 256810

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Su consulta me parece muy confusa y contradictoria. Como lo señala Carlos JC, si la intoxicación fue producto o a consecuencia de su trabajo, es un riesgo de trabajo, pero usted debió señalarlo así en el IMSS, para que se determinara como tal y además, si no cedió la intoxicación, debió volver al IMSS, para que le cambiaran el medicamento y/o le extendieran la incapacidad. NO FIRME NINGÚN DOCUMENTO QUE IMPLIQUE RENUNCIA. Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Estado o con un Abogado especialista en derecho laboral (No todólogo, ni coyote), para que estudien su caso personalmente y en caso de despido injustificado, le representen en la demanda, la cual debe ser interpuesta antes de que se cumplan los dos meses del despido, pero si ya se cumplieron, ya no procede la demanda. Si usted no tiene incapacidad, ni autorización por escrito del patrón para faltar a sus labores, las faltas son injustificadas y cuatro o más faltas injustificadas son causal de DESPIDO JUSTIFICADO, pero si el despido no se hace conforme lo dispone la Ley, se considera injustificado.