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  • Consulta : 140665
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 257025

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Salvo la mejor opinión de los especialistas, y de manera breve por falta de tiempo, me permito señalar, que no considero que la opción de entregar el inmueble sea una opción viable, ya que efectivamente, las pensiones alimenticias son irrenunciables e impreibles, más sin embargo, si pueden ser modificadas sus cuantías, cuando existen causales probadas para ello. como pueden ser que la madre de los menores reciba ingresos propios y/o que el deudor alimentario tenga más acreedores alimentarios, no contemplados previamente, como nueva esposa e hijos, etc.