Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 140607
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 256747

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Mientras sólo se trate de un oficio y no de una auditoría o un crédito fiscal, debe realizar una escrito dirigido a la institución en donde explica que el supuesto adeudo que le señalan en el ejercicio 2009 es inexistente en virtud de que se cumplió en tiempo y forma con las obligaciones como lo acredita con los recibos de pago tal a tal (sólo anexe copias simples no los originales). Presenta el escrito en oficialìa de partes y conserva el acuse de recibo. Si posteriormente le determinan un cédito fiscal entonces sí necesitará los servicios de abogado especialista en materia administrativa ( no coyote) a efecto de realizar una demanda de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en donde sí deberá exhibir los recibos de pago originales así como el acuse de recibo de su escrito.