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Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Febrero de 2012 14:16 2012-02-29 14:16 desde IP: 187.194.32.185
colegas....
una vez presentado y resuelto un recurso ... ya no hay nada que hacer... no hay recurso contra recurso... eso es de simple...
la maxima casa judidial... no entra al estudio de esos temas... en base a los contenidos del artículo 1 de la ley de amparo...
solo la invasion de esferas... y por sus esferas...toque usted el tronco del arbol y lo comprobara... estimado colega armando...
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