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AutorRespuesta No: 255976
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Fecha de respuesta: Domingo 26 de Febrero de 2012 20:04 2012-02-26 20:04 desde IP: 148.240.33.104
Hola Sandra si puedes hacer el embargo del bien inmueble, pero primeramente necesito saber por que regimen estas casada, por que si estas como bienes separados a el le corresponde al 100% pero si estas casada en regimen de mancumados les corresponde el 50% a cada quien, ahora necesitas dar datos de cuanto tiempo te dejos de dar dinero para el sosten de tus hijos e inclusive a ti tambien, y sobre lo que se cuantifique se presenta la demanda, y solicitamos que se embargue el bien inmueble al momento de la presentación de la demanda, como estrategia si lo que te debe por la pensión es menor al valor del bien inmueble podemos alargar el juicio para que en un momento dado en la sentencia condenen a tu ex al pago de x$ que sea igual o mayor al valor del inmueble o de lo contrario solicitar al juez que escriture el bien inmueble a usted como patrimonio familiar, cualquier duda nuestro correo es "salvando_mi_patrimonio">salvando_mi_patrimonio
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