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AutorRespuesta No: 256689
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Marzo de 2012 15:30 2012-03-02 15:30 desde IP: 201.164.135.211
Nazario:
Al parecer no todos los códigos de procedimientos penales de los estados establecen que“Al servidor público que indebidamente
quebrante la reserva de las actuaciones o proporcione copia de ellas o de los documentos que obren en la
averiguación, se le sujetará al procedimiento o responsabilidad administrativa o penal, según corresponda.”
En la jurisprudencia que transcribí se respeta lo que establecen los códigos de procedimientos penales de los estados, “tratándose de la averiguación previa, dicha garantía se otorgará con las limitantes, términos y requisitos que las leyes secundarias determinen,”
Creo entender de tu comentario que: pero todos los estados obligan a comparecer al indiciado ”ley secundaria ley adjetiva de los estados obliga a comparecer al indiciado, de no ser así No puede tener acceso al expediente ya que si no comparece no es parte,”
Para comparecer puede hacerlo amparado porque la comparecencia es también en beneficio del indiciado para que alegue lo que a su derecho corresponda,
No es la misma simplemente solicitar copias de una averiguación previa, que ofrecerlas como prueba en un juicio de amparo o civil, el juez de amparo o civil ordena al ministerio público o a la autoridad responsable la expedición de copias certificadas para que sirvan de constancia.
Mediante una promoción debiste solicitar a la autoridad responsable copias certificadas de ese expediente y anexando la copia con el sello de recibido mediante promoción ofrecerlo como prueba en el juicio de amparo, manifestando que te habían informado que no te podían expedir copias, así me lo recomendó en una ocasión el maestro Primus Tribunus y me dio resultado,
En el juicio de amparo si te entregan las copias de esas constancias, yo insisto que el problema es que muchos (incluyendome) malinterpretan la jurisprudencia y los codigos y es preferible comentarlos en el foro que hechar a perder juicios en los tribunales, los unicos que nunca aprenden son los soberbios.
Salvo mejor opinión de un abogado del foro,
saludos
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