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  • Consulta : 139922
  • Autor : Cristalito
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  • Autor
    Respuesta No: 256177

  • Cristalito
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    talvés cometiste el error al solicitarlo de forma incorrecta a la persona incorrecta.

    puedes fundamentar tu petición también con el artículo 8 constitucional.

    en mi muy humilde opinión, a los que se le instruye una averiguación previa (inculpados), no debería de proporciónarsele copias, toda vez que se invade la secrecía y se alerta (cuando realmente son delincuentes)... Ustedes qué opinan?