Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 139916
  • Autor : nazario
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 277
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7306
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 255998

  • nazario
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    consuta anacronica 05 12 de 2011

    J Armand.

    la reserva del expediente es diferente a la omision del mp, en este supuesto

    el consultante debio de promover ante la autoridad responsable ,pidiendo la DETERMINACION  de la averiguacion, y de no hacerlo recurrir al amparo directo, con fundamento en la jurisprudencia con registo ius.189683,

    o antes extrajudicialmente pedir audiencia con el director de aver. prev.

    y consensualmente pedir la determinacion (tambien funciona)

    SALUDOS.