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AutorRespuesta No: 255667
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Febrero de 2012 14:37 2012-02-23 14:37 desde IP: 187.135.56.98
Claro que es necesario el ofrecimiento al que haces mencion, pues el pagare es el DOCUMENTO BASE DE LA ACCION, ASI MISMO ES IMPORTANTE RELACIONAR LAS PRUEBAS OFRECIDAS, CON LOS HECHOS DE TU DEMANDA, Y HACER MENCION DE LO QUE SE PRETENDE DEMOSTRAR, PUES SON REQUISITOS ESENCIALES PARA SU ADMISION.
Conforme al artículo 1198 del Código de Comercio, las pruebas en los juicios mercantiles deben de ser ofrecidas expresando claramente el hecho o hechos que se trata de demostrar con las mismas, así como manifestando las razones por las cuales el oferente considera que demostrará sus afirmaciones; y que si a juicio del tribunal dicho ofrecimiento no cumple con esta condiciones serán desechadas.
En esta tesitura, deben de reunirse dos requisitos esenciales para la admisibilidad de las pruebasofrecidas en materia mercantil:1.- Que se relacionen las probanzas con los hechos controvertidos.2.- Que se manifiesten las razones por las cuales se considera se demostrarán sus afirmaciones condichas probanzas.No busques jurisprudencia, revisa el codigo de comercio es muy claro, si te la desecharon no tienes nada que hacer, pues el Juez esta bien fundamentado.Si te desecharon la demanda, mejor solicta la devolucion del documento y presentala denueva cuenta de manera correctaEn esta tesitura, deben de reunirse dosrequisitos esenciales para la admisibilidad de las pruebasofrecidas en materia mercantil:1.- Que se relacionen las probanzas con loshechos controvertidos. 2.- Que se manifiesten las razones por lascuales se considera se demostrarán sus afirmaciones condichas probanzas.Conforme al artículo 1198 del Código deComercio, las pruebas en los juicios mercantiles deben deser ofrecidas expresando claramente el hecho o hechosque se trata de demostrar con las mismas, así comomanifestando las razones por las cuales el oferenteconsidera que demostrará sus afirmaciones; y que si ajuicio del tribunal dicho ofrecimiento no cumple con estacondiciones serán desechadasConforme al artículo 1198 del Código deComercio, las pruebas en los juicios mercantiles deben deser ofrecidas expresando claramente el hecho o hechosque se trata de demostrar con las mismas, así comomanifestando las razones por las cuales el oferenteconsidera que demostrará sus afirmaciones; y que si ajuicio del tribunal dicho ofrecimiento no cumple con estacondiciones serán desechadas -
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