- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 139567
- Autor : Abogadojos
- Consultas en Foro: 4
- Respuestas en Foro: 318
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 256009
-
Fecha de respuesta: Lunes 27 de Febrero de 2012 09:57 2012-02-27 09:57 desde IP: 187.135.56.98
De acuerdo con el Abogado Garovalo.
Y si tu vas a pagar la pueba de ADN, pues seras quien la ofrecera.. pero, podras recklamas el pago de gastos y costas, ademas de la reparacion del daño, algo importante es atacar ezsa acta de nacimiento, tan facil a simple so pena de revisar detalladamente el asunto ....o exhibir la sentencia de divorcio y hacer una relacion en las fechas entre el Acta de nacimiento y la sentencia....
-
Autor





