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  • Consulta : 139430
  • Autor : Abogadojos
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  • Autor
    Respuesta No: 255502

  • Abogadojos
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El procedimiento a aplicar es el codigo federal de procedimientos civiles y en forma supletoria el del Estado. Claro que se puede pegar la cedula, el actuario debio de haberlo realizado de oficio, pero sino lo hace para eso esta el abogado para recordarsela al actuario..... Ademas si ya hubo citacion de por medio, el  tramite era mas facil.