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  • Consulta : 139378
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 255343

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Yo le sugiero hacer su testamento, pues nadie tiene la vida comprada y así asegura el patrimonio que tiene quede a favor de su hija.

    Aún y cuando no se ha cubierto en su totalidad el inmueble, éste crédito tiene un seguro que cubre los adeudos pendientes en caso de fallecimiento del titular, siempre y cuando se encuentre al corriente con sus pagos.

    Así las cosas, si llegará a acontecer su infortunado deceso, su hija quedaría como heredera de sus bienes, pero es importante que Usted designe como albacea a alguien de su entera confianza, como pueden ser sus padres o hermanos, ya que de no ser así, su representante legal será su padre y si bien, no pueden enajenar el inmueble sin la autorización de un Juez, es mejor preveer que no se realicen actos que puedan afectar a su hija.

    Suerte!