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  • Consulta : 139053
  • Autor : Lic. Cázares
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  • Autor
    Respuesta No: 255085

  • Lic. Cázares
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Esta muy bien orientada la respuesta anterior.

    Sin embargo, cabe aclarar que la conferencista cita que vivió en concubinato, y con ello el trámite es el mismo, sin necesidad de reclamar el divorcio.

    Máxime que en la Entidad Mexiquense, el Código Civil establece un proceso de la protección contra la violencia familiar, el cual se pide ante un Juez Familiar (o de 1ra. Instancia Civil), en donde admitida la misma, el Juez resolverá en beneficio de los demás integrantes familiares incluyedo e pago de una pensión alimenticia, la restricción de quien violenta y un separación entre los concubinos.

    Lo anterior puede tramitarse mediante asesoría y patrocinio de el Procurador de la Defensa del menor y la familia del Sistema Municipal DIF, o ante el Instituto de la defensoría pública.