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AutorRespuesta No: 254931
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Febrero de 2012 12:35 2012-02-16 12:35 desde IP: 189.132.54.250
primeramente, sería bueno saber a qué te refieres con que "ya se había solucionado" xq un asunto de o. de a. no se soluciona verbalmente, ni con acuerdos mutos extrajudiciales; en segunfo plano, a qué "barandilla" acudio, xq por secrecia del juzgado, los funcionarios no estan autorizados para proporcionar ese tipo de información y mucho menos a las personas que tienen orden de aprehensión vigente. sería como prevenir al inculpado.. para mayor certeza te recomiendo acudir a un juzgado de distrito y solicitar un amparo en contra de la o.a. asi cuando se resuelva la audiencia incidental sabrá si es ciero o no el acto reclamado(o.a.)por el delto que dices o x cualquier otro que pudiere existir en su contra.. si aun no esta en proceso ni ha llevado proceso penal alguno, por logica no tiene antecedentes penales, pero tb podría solicitar ante el tribunal de su estado, una CONSTANCIA DE ANTECEDENTES NO PENALES, para confirmar cualquier duda. por ultimo, el delito de fraude, es un delito no grave, por lo que pagando fianza podría seguir el proceso desde afuera y/o bajo los efectos del amparo con la o.a.; en caso de haber trasncurrido tiempo de la orden de aprehensión, podría operar a su favor la prescripción, esto se calcula por la media aritmetica de los años que señale el articulo para este delito, pero tendria que conocerse bien qué artículos se nombran en la o.de a. para calcular sumndo la minima y la máxima penalidad(en años) y dividirla entre dos, asi opera la prescripcion. p.e. 2 a 8 años= 2+8=10/2=5 años, el delito podrá prescribir la o.a. en 5 años apartir de que se libro dicha orden de aprehensión.
saludos!!!!
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