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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Noviembre de 2012 18:29 2012-11-01 18:29 desde IP: 189.140.84.159
Hola buenas tardes ne relacion a su consulta le comento rapidamente lo siguiente:
Para que a su empresa la puedan demanmdar por daños y perjuicios la otra parte debera acreditar n el juicio correspodiente dicho daño que es la afectacion o menoscabo en sus bienes asi como el perjuicio o sea lo que dejo de percibir economicamtne.
Espero haberle ayudado si requiere una asesopria mas acertada a sus necesidades es necesario que se ponga en contacto con su servidor.
ATENTAMENTE
LIC. MAURICIO MARTINEZ Z
Celular: 55-31 067098
E-MAIL: martzam_corporative a r r o b a (minúsculas y todo junto
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