Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 138357
  • Autor : LIC. DE DIEGO
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 15
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 254221

  • LIC. DE DIEGO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    para poder gozar de la libertad bajo caucion tiene que garantizar el daño causado, osea, pagar  de fianza el equivalente a dicho daño.. si ya deplano no puede pagar y cumple con la pena impuesta que son los 4 años queda en libertad aunque no haya pagado pero aun existe la obligacion de pagar, podiendo ser requerida por el pago  despues de cumplida la pena privativa de la libertad embargandole bienes que adquiera en el futuro rematandolos para poder cumplir con la sentencia, o si tiene bienes ahorita puede que se le embarguen y rematen para su pago.

    saludos