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  • Consulta : 138348
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 254263

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no... el criterio es de economica procesal... pide una copia certificada de todo lo actuado... y haz un movimiento  local... presentalo ante juez familiar del d.f.... y le pides que toda vez que ha concedido el juez de origen... se sirva ordenar la diligenciaciòn de los actos concedidos...lo mas que puede pasar... es que te dejen a salvo los derechos y... tengas que inciiar nuevamente.. en otro juzgado... y con mas cuidado... sabes que se va conceder... pero .... debes ser mas cuidadoso... si fue en guanajuato... donde la vida les vale madre... es muy normal y comun...

    otra cosa que pueides hacer... es ...un amaparo indirecto y pedirle al juez de garantias... que  rresuelva sobre la obligaciòn del juez de dictar sobre lo que se le  pidio... y no sobre una inseguridad juridica... ya que es de derecho familiar... no es cosa juzgada... y puede abrirse en cualquier momento...

    lo mas que te pueden decir... es que... no usaste el canal del desawe... el principio de definitividad... y tendras que iniciar otra vez... suerte y estamos en contacto...