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AutorRespuesta No: 254141
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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Febrero de 2012 16:43 2012-02-10 16:43 desde IP: 201.110.211.216
Buenas tardes:
Con el debido respeto a los anteriores foristas, en este caso diferimos de lo señalado por los mismos, pues desde luego y con la debida asesoría jurídica Usted sí podría demandar en la vía ejecutiva mercantil el cumplimiento de los pagarés que refiere.
Para una mayor asesoría favor de contactarnos a través de nuestra a oficina virtual de este mismo sitio, o bien, directamente en nuestro portal electrónico RIVALEGAL en donde encontrará nuestros datos de contacto. Gracias.
Atentamente
RIVALEGAL
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