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  • Consulta : 138287
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 254138

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Pues si no dió de baja su actividad, sigue vigente, y debe pagar impuestos omitidos durante el tiempo transcurrido, según el regimen que tenga registrado y/o además cumplir la obligación de hacer su declaración fiscal si tiene esa obligación. El SAT no es adivino para saber que usted ya no tiene ingresos o cesó sus actividades productivas o empresariales. debe notificarle el cese de actividades. Consulte con un abogado especialista en derecho fiscal, no cualquier abogado, para que estudie su caso y le señale que procede y como puede resolver su caso.