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  • Consulta : 138284
  • Autor : licmguevara
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  • Autor
    Respuesta No: 284657

  • licmguevara
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    buen dia:

    tanto la ley generalde sociedades mercantiles como la ley fiscal, esteblece que en el dado caso que una persona moral se vea en la necesidad de enajenar (vender) sus activos, la misma debera expedir factura de dichos bienes entregando a la compradora copia dde la factura con que adquirio el bien enajenado,  esto es la sociedad debio de expedirle una facutura de ella y entregarle una copia  de la factura original y/o sus consecutivas, por lo cual la asegurdora  esta en lo correcto en solicitarte una factura de la persona moral  que endoso la factura que tienes,  lo que te recomiendo es que acudas con la persona moral y le solicites una factura a tu nombre auqnue el precio no sea sobre el valor del vehiculo, y en caso que no te lo proporciones, intenta una demanda para exigirle la factura dando vista al sat,  y veras que la pesrona moral te extendera la factura ya que al no entregarla exta evadiendo impuestos.

     

    saludos y suerte