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  • Consulta : 138284
  • Autor : SAM27785
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  • Autor
    Respuesta No: 266986

  • SAM27785
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Como bien lo menciona tuasesorlegal.mty, lo que te exige la aseguradora, respecto de la factura de la persona moral por la venta del vehiculo es totalmente legal, ya que de otro modo, la persona moral estaría evadiendo impuestos (IVA, IETU, ISR) y es obvio que la aseguradora te exigira todo lo permitido por la ley para que acredites la propiedad del vehiculo, es en estos trámites, en donde las aseguradoras, ante la apatía de los usuarios por no tener en orden sus documentos, encuentran la forma de deslindarse de sus obligaciones.

    En el D.F. si no presentas este requisito ante la SEDUVI, no te emiten la nueva tarjeta de circulación con chip.