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AutorRespuesta No: 253992
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Febrero de 2012 14:56 2012-02-09 14:56 desde IP: 201.127.110.130
1.- A quien le firmaste el pagaré
2.- Que constancias tienes de los pagos efectuados por ése adeudo.
3.- La CONDUSEF no sirve para nada y nada tiene que ver con una demanda, ellos no te pueden decir si estás demandado o nó, la demanda te la notifica un actuario debidamente acreditado, adscrito al juzgado en donde se radicó la demanda, para darte oportunidad a defenderte.
Si el pagaré se venció hace mas de tres años ya no pueden hacer nada, a menos que hayas efectuado algún abono posterior.
4.- Si realmente te demandan y la demanda procede y no tienes forma de demostrar los abonos efectuados, te cobrarán el adeudo, mas los intereses generados, mas los gastos y costas que el juicio origine, si no tienes con que pagar te embargarán bienes suficientes para cubrir el adeudo y los rematan.
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