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  • Consulta : 137773
  • Autor : mascaranegra
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  • Autor
    Respuesta No: 253610

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tienes un plazo de 2 años para ejecutar el laudo, una vez que ha vencido el termino para impugnar el laudo por medio de juicio de garantias.