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  • Consulta : 137632
  • Autor : ABOGADOS VBR
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  • Autor
    Respuesta No: 253420

  • ABOGADOS VBR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado forista existe la posibilidad de en principio denunciar el juicio sucesorio intestamentario para acreditar los derechos hereditarios que les corresponden a hijos y esposa, por otro lado si este inmueble no se encuentra inscrito en el R.P.P y no tiene antecedente registral alguno entonces hay que proceder a inmatricular el inmueble a favor de la señora directamente ok, para mayor informaciòn quedo a tus ordenes, saludos.

    ATENTAMENTE

    Lic. Victor Borgonio Rivera

    Agencia Notarial & Consultoria Juridica

    Tel.57464225

    Cel.5525000684