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AutorRespuesta No: 253425
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Febrero de 2012 19:21 2012-02-03 19:21 desde IP: 201.103.122.21
La demanda de amparo, solo se puede ocupar de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado, es decir la resolución de la Sala que revoca la nulidad de actuaciones.
Si pides algo que no tiene nada que ver con el acto reclamado, no lo tomarán en cuenta...
Suerte!!
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