Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 137617
  • Autor : TEPANTLATOANI
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 246
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 295057

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, depende del modelo de su vehículo y además necesita checar si en su Estado sí se encuentra señalado legalmente el pago de éste impuesto para poder cobrarlo, de lo contrario, no prosperará el Amparo, lo que sí podría hacer es demandar mediante un Juicio de Nulidad por los vicios que tenga la resolución determinante en donde se determinó el crédito fiscal, además de que el SAT no respetó el orden de prelación (preferencia) para embargar bienes del deudor fiscal, señalados en el Código Fiscal de la Federación.

    Saludos.