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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Febrero de 2012 11:49 2012-02-03 11:49 desde IP: 187.138.166.97
II. Deducción de Pérdidas por Incobrabilidad en el caso de Prescripción del Crédito
Así las cosas, resulta prudente el observar el alcance de la prescripción atendiendo a los lineamientos que para cada caso de créditos otorgados contemplan las disposiciones jurídicas vigentes en función del tipo de financiamiento de que se trate. Para ello hemos de señalar lo delineado por el Código de Comercio y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), mismos supuestos que citamos en el cuadro siguiente.
border="1"> Cuenta por pagar Prescribe Dispositivo legal Por ventas al menudeo 1 año 1043 Código de Comercio Por ventas al mayoreo 10 años 1047 Código de Comercio Letra de cambio 3 años 165 LGTOC Pagaré 3 años 174 LGTOC Cheque 6 meses 181, 191 y 192 LGTO -
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