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AutorRespuesta No: 253099
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Febrero de 2012 11:32 2012-02-01 11:32 desde IP: 187.158.139.36
Afirmativo, la actuación judicial de cuenta, sí constituye un acto que interrumpe el plazo de prescripción señalado por la ley para la ejecución de una sentencia.
Saludos cordiales.
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