Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 137274
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 253023

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    despues de consignar los 50 mil pesos que dices tener...  

    INICIA UN REGIMEN de pagos judiciales en abonos… no menor a $1000 pesos semanales en un juzgado... DEPOSITA TU... si llegan a embargarte... debe ser por medio de un abogado acompañado de UN ACTUARIO del juzgado... al que le mostraras los originales de los pagos que estas haciendo y le darás copia de esos recibos para que los anexe al expediente... deberás INMEDIATAMENTE dar contestación a la demanda por medio de un abogado especialista en derecho mercantil.. que señale que ya estas haciendo los pagos parciales para ser tomados en cuenta... NO LE PAGUES A, LOS ABOGADOS... haz pago judicial... te van a decir que saques el dinero y que se los entregues... SI ELLOS SON LOS ABOGADOS DE tu acreedor... pueden sacar el dinero con el poder notarial que la empresa otorga... siempre que estén autorizados en el mismo para ello.... NO DEJES DE PAGAR... la constancia y la sentencia del juez te darán el triunfo....

    el abpgado o esta persona... no tienen la obligaciòn de condonarte un solo centavo... pero si tu consignas dinero antes de que seas emplazado... notificado judicialmente de juicio... ANTES... se rompe la causa del juicio... ya que la demanda se funda en que haz sido requerido de pago y te haz negado a pagar... con la consignaciòn demuestras que esto es cierto y el juez no puede condenarte al pago de  HONORARIO...GASTOS Y COSTAS ... DE JUICIO...