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Fecha de respuesta: Martes 31 de Enero de 2012 09:05 2012-01-31 09:05 desde IP: 187.176.55.250
Buen día estimado consultante,
Tratando de darle una respuesta yo le preguntaría que haría si le dijera que el horario que tiene no es el adecuado (puedo citarle una tesis aislada 198996, que si bien es cierto no es jurisprudencia pero nos puede servir para formarnos un criterio al respecto) ¿renunciaría; buscaría otro trabajo a donde si le respeten sus 7.5 horas u 8 horas?
Deje le cuento desafortunadamente en ninguna empresa le respetan sus 7.5 u 8 horas.
También tome en cuenta que si usted debe cubrir una jornada laboral de 7.5 hora. También debe tomar en cuenta que la media hora de alimentos la tiene que "pagar" y es por ello que su patrón lo hace laborar 8 horas en horario mixto.
Artículo 61. La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.
Artículo 63. Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.
Artículo 64. Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será comado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.
Es bueno defender nuestros derechos, pero desafortunadamente siempre predominan nuestras necesidades y es por ello que difícilmente se puede hacer algo para defendernos.
O por lo menos ese es mi punto de vista.
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