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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Enero de 2012 16:32 2012-01-30 16:32 desde IP: 201.103.122.21
Si bien es cierto los bienes que se adquieren por herencia no forman parte de la sociedad conyugal, actualmente el Registro Público de la Propiedad del D. F. no está admitiendo escrituraciones donde los que se encuentren casados no cuenten con el consentimiento de sus cónyuges, para que como en su caso, repudien la parte que les corrseponde de herencia a favor de su madre.
No está de más que lo hagan de esa forma, pues si bien, en caso de negativa del Registro Público para registrar dicha escrituración, pueden interponer un juicio contra dicha Entidad, también es mejor evitar un juicio que les costará tiempo y dinero, así que es mejor que como precaución, firmen los cónyuges de los hermanos casados y se eviten problemas, dado que el bien está en el Distrito Federal.
Como dicen, es mejor curarse en salud...
Suerte.
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