Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 137076
  • Autor : Primus Tribunus
  • Consultas en Foro: 14
  • Respuestas en Foro: 2384
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6728
  • : 22 %
  • : 77 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 252909

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    cecilia alvarez lopez:

    ¡¡¡Qué bueno para su marido que trabaje aunque sea un día más después del 3 de enero!!!

    Porque entonces el contrato que es "por tiempo determinado" se convierte en "contrato por tiempo indefinido" que es el que coloquialmente se denomina "de planta".

    ¡¡¡Aunque su marido deje de firmar nuevo contrato por ese mes "extra"!!!, porque a falta de contrato se aplica la Ley Federal del Trabajo, misma que en su numeral 25 dice que la falta de contrato escrito es culpa del patrón..