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  • Consulta : 136875
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 252681

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la que vale es la que esta registrada....la otra si usa el nombre... y no tiene prmiso d ela que esta registrada...  puede ser demandada...y tus 15 años... noi sirven de nada... lo que cuenta es el registro....habra quien ete diga que puedes demandar la nulidad del registro... desde luegi que si... lo vas a perder... porque ese reclamo tiemne una vigencia de 30 dias y estos ya tienn 4 años...