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AutorRespuesta No: 258018
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Marzo de 2012 16:39 2012-03-13 16:39 desde IP: 201.141.77.197
Le están mintiendo, no existe esa posibilidad. Sólo el titular puede cancelar en contrato, y para cambiar de titular, se necesita acreditar el interés jurdico mediante escritura pública y recibos de impuesto predial o bien contrato de arrendamiento, pero de ninguna manera terceros lo pueden hacer (legalmente).
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