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  • Consulta : 136630
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

    Usted es la persona que tiene que  acudir a la SEDUVi, a consultar con la boleta del predial y un croquis si el giro mercantil que usted desea, esta permitido en ese predio, algunos arrendadores obtienen el certificados  de usos de suelo permitidos  y estos tienen una vigencia de 2 años y  no son muy completos.

    Es importante que usted inversionista no se exponga sin consultar en la seduvi, por que sin el certificado de zonificacion de uso de suelo permitido, no le recibirán el aviso de manifestación de apertura de su giro mercantil.

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx