Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 136578
  • Autor : wofito2088
  • Consultas en Foro: 32
  • Respuestas en Foro: 1416
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7308
  • : 31 %
  • : 68 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 252443

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    en la pagina del imss, en donde trato de registarse estan los requisitos, consiga el número de expediente en la junta de conciliacion y arbitraje

    A partir de cuándo aplica?

    Grupo 1 - Personas que se pensionen después de la entrada en vigor de la reforma a la Ley Se recibirán solicitudes a partir del 13 de febrero de 2012. Grupo 2 - Pensionados que solicitaron la devolución a través de una demanda laboral o un amparo indirecto y cuentan con un laudo o una resolución a su favor Se recibirán solicitudes a partir del 16 de enero de 2012 Grupo 3 - Personas que tienen una demanda laboral o un juicio de amparo indirecto en trámite, y aún no cuentan con un laudo o resolución del juez. Estas personas deberán desistirse de su demanda laboral o juicio. Se recibirán solicitudes a partir del 16 de enero del 2012. Grupo 4 - Personas que no han solicitado la devolución de la Subcuenta de Vivienda o demandaron y tienen resolución en contra. En un plazo máximo de 6 meses, a partir de la entrada en vigor de la reforma, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dará a conocer la manera en que se devolverán los recursos.

    saludos.