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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Enero de 2012 14:21 2012-01-25 14:21 desde IP: 189.152.103.202
en la pagina del imss, en donde trato de registarse estan los requisitos, consiga el número de expediente en la junta de conciliacion y arbitraje
A partir de cuándo aplica?
Grupo 1 - Personas que se pensionen después de la entrada en vigor de la reforma a la Ley Se recibirán solicitudes a partir del 13 de febrero de 2012. Grupo 2 - Pensionados que solicitaron la devolución a través de una demanda laboral o un amparo indirecto y cuentan con un laudo o una resolución a su favor Se recibirán solicitudes a partir del 16 de enero de 2012 Grupo 3 - Personas que tienen una demanda laboral o un juicio de amparo indirecto en trámite, y aún no cuentan con un laudo o resolución del juez. Estas personas deberán desistirse de su demanda laboral o juicio. Se recibirán solicitudes a partir del 16 de enero del 2012. Grupo 4 - Personas que no han solicitado la devolución de la Subcuenta de Vivienda o demandaron y tienen resolución en contra. En un plazo máximo de 6 meses, a partir de la entrada en vigor de la reforma, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dará a conocer la manera en que se devolverán los recursos.
saludos.
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