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  • Consulta : 136181
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 252113

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no hay una ley...reglamento o estatuto que rija sobre la forma de realizar la cobranza....

    por tanto ...no hay forma o formato alguno de hacer valer una queja en cointra de quien realiza la cobranza...lo mas lògico... es no contestar el telefono...cambiar el numero y no volver a entrar en conflicto con quien hace ese tipo de trabajos... la llamada no fue dirigida a usted, ...por tanto... ustd... no debio contestra la  llamada.... y mucho menos... a nombre del deudor...ñ dar justificaciones respecto de la causa por la que ha dejado de dar el pago... NO SEA USTED METICHE.... con toda amabilidad... proceda a colgar el telefono... a no hacer o decir o decidir... a nombre de otro...

    fije bien la mirada... usted no es el deudor.. por lo mismo...no esta facuiltada para dar respuesta a nombre del deudor... eso simple y llanamente... deshecharia cualquier queja....si hubiera un reglamente que la penara....

    usted no es nadie para pedir una disculpa... no es el deudor....fijese bien... no es el deudor... y solo el...pued poner una queja...y esto es lo que busca el acreedor... que aparezca el deudor para  preguntarle... para increparlo... para cobrarle...

    no se meta en medio de la cobranza... no sea metiche... cuelgue el telefono.. no de datos o informes.... menos aun su nombre..