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  • Consulta : 135989
  • Autor : dorae
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  • dorae
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    (Resumen de Actividades)

     

    El nepotismo es el delito del ejercicio indebido de servicio público contemplado en el artículo 214, fracción I del Código Penal Federal. El artículo 214, fracción I dice que:

    “…comete el delito de ejercicio indebido de servicio público, el servidor público que…. ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima, o sin satisfacer todos los requisitos legales…”

    Hay que entender que el nepotismo es una práctica que solamente puede ser ejercida por quien ostenta algún poder y siempre con la finalidad a beneficiar a parientes o descendientes. Lo cual no aplica en su caso.