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  • Consulta : 135809
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 252005

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El amparo no procede mientras no le corten el servicio. Primero debe presentar una queja ante la Profeco, una vez que le den el número de queja lo pega en su medidor para que los empleados de esa empresa privatizada que se autonombra de clase mundial se abstenga de cortar la luz. Paralelamente presente una demanda de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en donde hace valer como principal agravio el exceso de cobro entre los nuevos recibos y los anteriores de Luz y Fuerza del Centro, que si bien es cierto ya eliminaron el subsidio, éste nunca fue del trescientos por ciento, con la demanda solicita la suspensión (tal vez tenga que garantizar con fianza pero vale la pena) debe anexar los recibos de Luz y Fuerza del Centro y los nuevos de la CFE, así como fotografías de su medidor para acreditar que no ha cambiado el consumo de nergía y que el nuevo cobro carece de fundamento alguno. También pega en el medidor el número del expediente del TFJFA y si aún así le cortan el servicio, entonces sí presenta un amparo en contra del corte.