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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Enero de 2012 12:48 2012-01-11 12:48 desde IP: 187.149.148.168
No comprendo poqué llama usted reintalación a una contratación. Si ya la CLF fué disuelta, ¡Como van a reintalar a alguien en una empresa inexistente?. Una cosa es que se contrate a los extrabajadores, en una nueva empresa y otra es que sean reinstalados en una empresa que ya no existe. Para reinstalar a alguien debe existir tanto la empresa como el puesto que ocupaba en ella. Eso es lo que yo entiendo, pero habrá que ver lo que dicen los expertos.
Por otra parte no debe abrir consultas sobre el mismo tema de manera indiscriminada. pues se diluye la información.
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