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AutorRespuesta No: 250814
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Enero de 2012 15:07 2012-01-09 15:07 desde IP: 187.194.9.168
una vez que se cumpla un año de cada una de las sentencias EJECUTORIADAS... se inscriban en el registro civil... se levante y tengan las actas de divorcio... podran casarse... antes.. la ley previene que no podran casarse sino pasado un año de ese momento...el divorcio...
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