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  • Consulta : 134640
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 250665

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No aclara si se casó bajo el régimen de sociedad conyugal, si así fue Used es dueña del cincuenta por ciento de la casa por gananciales. Tampoco puede asegurar que no exista testamento mientras no se giren los oficios tanto al Registro Público de la Propiedad como al Archivo General de Notarías. Necesita los servicios de un abogado titulado, no coyote, no tinterillo, no usurpador, no contador, quién dará iinicio a la sucesión de su marido a efecto de que un Juez de lo Familiar gire los oficios de referencia, si aparece un testamento la sucesión se denomina testamentario e incluso lo puede continuar con un notario, si no aparece testamento la sucesión se denomina intestamentario y se reconoceran a los herederos legítimos y se nombrará albacea, el cincuenta por ciento de la masa hereditaria se dividirá entre Usted y sus dos hijos si no le brinca alguién más que no conozca, suele pasar.