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  • Consulta : 134577
  • Autor : wofito2088
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  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tendra que tener sesenta años para pensionarse. Si se puede pensionar aunque no tenga patron bien qu este pagando el seguro voluntario en la modalidad 40 que es la continuación voluntaria en el régimen obligatorio ya que si unicamente esta pagando el ramo 33 no sirve para pensiones , tambien se puede pensionar estando en conservación de derechos.