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  • Consulta : 134535
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 250563

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    a00511635_NR

    Tanto como que a la conyuge superstite (su cuñada) le correspondan todos los derechos que en vida correspondieron a su hermano la respuesta es NO. Lo anterior por que el Articulo 1560 del Codigo Civil para el Estado de Veracruz-Llave señala lo siguiente:

    Artículo 1560.- Concurriendo el cónyuge con uno o más hermanos del autor de la sucesión, tendrá dos terceras partes de la herencia y la tercera restante se aplicará al hermano, o se dividirá por partes iguales entre los hermanos.

    No se confunda las herencias no entran en la sociedad conyugal, no se reparte en caso de divorcio, en caso de fallecimiento si herdera en esta caso la conyuge superstite tal y como lo diposne el articulo antes citado.

    ES recomedable que usted junto con sus demas hermanos (si los tiene)y con su cuñada asisitidos de abogado inicien el respectivo juicio sucesorio de su dinado hermano a fin que ustedes sean declarados herederos y de comun acuerdo y/o por mayoria nombren un Albacea quien sera el representante legal de su hermano `para cualuier cuestion legal.

    Saludos.