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  • Consulta : 133806
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 249687

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es correcta la asesoría que le dan, sólo para precisar que la cónyuege supérstite de existir y estar casada bajo el régimen de sociedad conyugal, además de ser dueña del cincuenta por ciento de la masa hereditaria por gananciales, también tiene derecho a heredar una parte igual a la de los ocho hijos, por lo que el otro cincuenta por ciento se debe dividir entre nueve.