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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2011 10:11 2011-12-22 10:11 desde IP: 187.194.32.144
no...ya recibiste tu periodo vacacional...ese no lo eliges tu... lo que te deben pagar es eseperiodo y la prima vacacional...
por el horario... ese es problea directamente tuyo y de tu contrato de trabajo... minimo debes trabajar 8 horas diarias de lunes a sabado... y con ello estas cumpliendo con la espectativa de ley...
los excesos de ese termino.. se entiene que son horas extras o extraordinarias... que puedes reclamar por medio de la junta de conciliación y arbitraje...
por cierto... muevete... porque tu derecho a pago de vacaciones prescribe al año...
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