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AutorRespuesta No: 248711
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2011 09:30 2011-12-22 09:30 desde IP: 189.208.100.201
Si desean pagarte con tierras ejidales, es válido; siempre que tú consientas en ello. Al recibirlas en pago, debes obtener un contrato de cesión de derechos sobre dichos terrenos, y deben firmarlos, el ejidatario, su esposa y el comisariado ejidal.
Por otra parte, sí es posible convertirlas en propiedad privada, sólo que eso requiere más requisitos, entre otros: que se reúna la asamblea de ejidatarios, esté presente un notario, y se decida en asamblea que se puede constituir el dominio pleno.
Saludos
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