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  • Consulta : 133531
  • Autor : palafoxjr
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  • palafoxjr
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si desean pagarte con tierras ejidales, es válido; siempre que tú consientas en ello. Al recibirlas en pago, debes obtener un contrato de cesión de derechos sobre dichos terrenos, y deben firmarlos, el ejidatario, su esposa y el comisariado ejidal.

    Por otra parte, sí es posible convertirlas en propiedad privada, sólo que eso requiere más requisitos, entre otros: que se reúna la asamblea de ejidatarios, esté presente un notario, y se decida en asamblea que se puede constituir el dominio pleno. 

    Saludos