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  • Consulta : 133513
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 248687

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El aguinaldo es considerado parte del salario del trabajador y por tanto irrenunciable, Usted debe acudir a la Procuraduria  Federal de la Defensa del Trabajo (O Estatal  en caso de que así proceda), para solicitar se le requiera al patrón el cumplimiento del pago de la prestación y en caso de no hacerlo, para que se demande ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dicho pago.